Se están produciendo continuamente nuevos cambios en las sentencias relacionadas con la vivienda, como esta última que nos afecta directamente en nuestro sector. El Tribunal Supremo ha establecido una nueva sentencia en vivienda: la exención en el IRPF de dos años vi vendes tu vivienda y compras luego una en construcción.

En un período temporal de dos años consecutivos los contribuyentes se librarán de tributar y demostrar la ganancia patrimonial obtenida de la venta en el IRPF, siempre y cuando con la condición de vender tu vivienda actual y comprar una de obra nueva que se encuentre en proceso de construcción.

Las modificaciones que se producen en cuanto a la vivienda son diversas, continuas y no tienen unas normas y leyes estables o fijadas, la más reciente que ha sido instaurada legalmente tiene que ver con el tema del IRPF, es decir si vendes tu vivienda y compras una nueva en proceso de construcción, el IRPF en este caso en concreto, no tendrá que ser realizado ni demostrado ante hacienda ni en Tribunal Supremo. Las personas con esta idea en mente, van a salir beneficiadas ya que se ahorrarán de pagar la cifra correspondiente a ingresar en cuanto al IRPF

La nueva sentencia publicada por el Tribunal Supremo, indica que en este período de tiempo no es necesaria la asignación judicial del inmueble, esto también incluye y beneficia a las personas que anteriormente a esta ley no se lucraron de dicha alternativa, por lo que ahora si pueden reclamar y obtener el beneficio que en su día no tuvieron.

En resumen, es una buena alternativa siempre que se encuadre en un periodo de dos años y con la condición de cambio de vivienda actual a obra nueva en construcción, aunque como hemos mencionado anteriormente las fluctuaciones son constantes e imprevisibles y esto podría cambiar en cualquier momento.

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